Nulidad matrimonial católica

Guía legal sobre la nulidad matrimonial

Si se trata de una nulidad matrimonial eclesiástica se tramita ante la autoridad eclesiástica y tiene sus propias normas específicas. La legislación y las causas de nulidad son completamente diferentes a las previstas para la separación y el divorcio civi, por lo que es necesario un alto grado de especialización y conocimiento de esta materia para poder llevar a cabo este tipo de procesos.

Te resumimos ahora lo que es, cómo se tramita, el tiempo de tramitación,  motivos de la nulidad, diferencias con la disolución y los efectos civiles dela nulidad matrimonial. No substituye a la consulta presencial con un abogado canonista (experto en derecho matrimonial canónico), el cual podrá determinar si tu caso está entre los supuestos que la Iglesia considera como nulidad matrimonial. Si no lo haces así puedes perder tu tiempo y tu dinero.

Nulidad Matrimonial

Nulidad matrimonial causas

Hemos de considerar una doble situación:

Si lo que produjo la ruptura matrimonial, no tiene un antecedente previo a la celebración de la boda, ese matrimonio subsiste y por tanto, se trata de un fracaso matrimonial sin otra incidencia que no sea la de la misma ruptura de la convivencia y propiamente el lamentable e indeseado deterioro del mismo.

Si lo que produjo la ruptura matrimonial tiene antecedentes previos a la celebración de la boda, hay que distinguir:

a) Si esos antecedentes hicieron posible la celebración del matrimonio, aunque se preveían futuras dificultades, ese matrimonio subsiste hasta que la muerte los separe y se asimila al caso anterior.

b) En cambio, si esos antecedentes hacían imposible la celebración de la boda, aunque hubiere sido una ceremonia nupcial aparentemente válida, ese matrimonio no existe porque había antecedentes que lo hacían imposible.

Los supuestos de imposibilidad del matrimonio, y por ende de nulidad, son numerosos. Por tanto, aún cuando te parezca que no estarías incurso en supuesto de nulidad, no dejes de consultar si tienes dudas, dado que la casuística es grande y sutil en la determinación de las situaciones.

Pide una cita con un abogado canonista o abogado rotal. Precio consulta 50€ / 1 Hora.

Nulidad Matrimonial

Abogado eclesiástico. Abogado rotal.

Se requieren abogados que se hayan especializado en esta disciplina del Derecho o abogados especialistas en Derecho Matrimonial Canónico. En España el Tribunal de la Nunciatura Apostólica establece una Diplomatura de “Estudio Rotal” de tres años de duración tanto para abogados como para psicólogos, que habilita especialmente para este tipo de actuaciones ante los Tribunales Eclesiásticos,  a los que  debes acudir para que te orienten y asistan en tu problema.

Una vez analizada tu petición de nulidad, en una primera consulta y estudiada convenientemente por nuestro abogado especialista ó abogado rotal habrá que plantear tu caso ante el Tribunal Diocesano correspondiente, iniciándose así un proceso que tiene como fin fundamentar e interpretar la verdad  para que desemboque en nulidad.

Todo el procedimiento requiere un largo y laborioso trabajo, por lo cual habrá de considerar que el tiempo de duración de todo el proceso es aproximadamente de un año. Si bien, ello es relativo, ya que también depende en gran parte de los litigantes, de los testigos, de las pruebas periciales a practicar y un montón de otros pequeños detalles. Esa es la razón por la que no hay nulidades eclesiásticas express, aunque nuestros abogados si se han especializado en acortar los plazos necesarios en lo que es posible y lo más importante, en guiar y fundamentar la petición de nulidad para que no haya retrasos por equivocaciones en el procedimiento.

Pide una cita con un abogado de nulidades eclesiásticas. Precio consulta 50€ / 1 Hora.

Nulidad Matrimonial

Nulidades del matrimonio

Hemos de indicar, que desde el punto de vista de la Iglesia, el matrimonio es producto del consentimiento libremente emitido por los contrayentes. El consentimiento es el acto humano, consciente, voluntario y libre, por medio del cual los contrayentes se entregan el uno al otro para toda la vida.

Si crees que tu matrimonio fracasa por una causa que lo hace imposible, la Iglesia está dispuesta a otorgarte su ayuda para aclarar la situación. En definitiva, la Iglesia es la que ha de juzgar si existió o no matrimonio. Esta potestad la ejerce independientemente de la voluntad de las partes, sin atenerse al parecer de los cónyuges, estén de acuerdo o no.

Lo que interesa es descubrir la verdad sobre si hubo o no hubo matrimonio. Para dicha labor, la Iglesia necesita toda la ayuda que  puedas facilitarle, todo lo que sabes, la relación y declaración de testigos fidedignos, documentos, pericias médicas y psicológicas.

Pide cita con un abogado. Precio consulta 50€ / 1 Hora.

Nulidad eclesiástica del matrimonio

La Iglesia, no anula matrimonios, sólo declara la nulidad de los que, ante la misma, nunca existieron. Si hubo matrimonio, ese matrimonio existe hasta que la muerte los separe.

La Iglesia presume que cuando una persona contrae matrimonio, lo hace confiando en que junto con su cónyuge se compromete ante Dios a una unión de vida y amor, con una entrega mutua y deseo de felicidad entre ambos. La Iglesia sabe, no obstante, que no siempre las cosas resultan como se esperaban, y ello da lugar, en no pocas ocasiones, a dolorosos fracasos, y frustrantes realidades humanas.

Nulidad matrimonial civil 

Antes de nada ha de aclararse que, si se trata de un matrimonio canónico, sólo la Iglesia tiene poder para dictar una resolución sobre disolución o nulidad de ese matrimonio (S. XVI, c. 12 Concilio de Trento), puesto que el Estado no tiene competencia para disolver este tipo de matrimonios canónicos. El Concilio de Trento fue un concilio ecuménico de la Iglesia católica. Un concilio ecuménico es una asamblea celebrada por la Iglesia Católica donde son convocados los obispos para decidir sobre la verdad en materia de doctrina o práctica, a fin de proclamarla posteriormente.

El divorcio únicamente regula circunstancias de tipo civil en relación con el matrimonio. Los cónyuges no pueden acceder a nuevo matrimonio canónico con el divorcio, siendo únicamente es posible contraer matrimonio civil, que no es reconocido por la Iglesia como verdadero matrimonio para los bautizados. En estos casos sólo cabe, para contraer matrimonio con otra persona ante la Iglesia, pedir la declaración de nulidad del primer matrimonio canónico, si hay causa.

Pide cita con un abogado canónico que te orientará en tu caso concreto. Precio consulta 50€ / 1 Hora.