Disolución de condominio

Somos abogados especialistas en disolución de sociedad de gananciales y condominio en Valladolid. El Código Civil (artículo 392), define el condominio de la siguiente forma: “hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o derecho pertenece pro indiviso a varias personas”.

El proceso de disolución de condominio.

El proceso de disolución de condominio en un divorcio o separación es el que hay que realizar cuando se tiene una determinada propiedad conyugal compartida. Aconsejamos que el cónyugue que se queda como propietario un inmueble compartido, firme una nueva hipoteca por la que sea responsable del total  de la casa. Cuando se disuelve el condominio uno de los cónyugues deja de ser propietario, pero se mantiene la titularidad del préstamo y las obligaciones derivadas con el banco.  Hay una serie de  ventajas fiscales ya que el impuesto asociado es del 1% aproximadamente sumándole a esto los gastos notariales.

Tipos  de situaciones y aspectos en cuanto a su extinción.

Los condominios surgen de situaciones dispares, pero no siempre se sale de la copropiedad con una solución amistosa. Hay varios tipos  de situaciones y aspectos en cuanto a su extinción como  son la extincion del condominio habiendo hermanos propietarios, impuestos a pagar por extincion del condominio, valoración de gastos por la  extincion del condominio, los requisitos para llevarlo a cabo, el procedimiento de division de cosa comun, cuando se produce la extincion de condominio por via judicial ó su  tributación posterior.
Llame y reserve una consulta. Le ayudaremos. En Merino Fernández Abogados, disponemos de economistas y abogados expertos en  elaborar soluciones adecuadas a sus necesidades. Póngase en contacto con nosotros y reserve una consulta  (Precio consulta 1 hora: 50€).
Disolución de condominio

Extinción de condominio

En materia de derecho civil somos expertos en los procesos de disolución de condominio.

  • En principio, salvo que haya un acuerdo entre los condueños, no puede obligarse a nadie mantenerse en la comunidad, así expresamente se dispone en el artículo 400 del Código Civil.
  • Hay un considerable aumento de los procesos tendentes a la extinción de la copropiedad, al ser obligación del copropietario contribuir para el mantenimiento del bien común en proporción a su participación (Artículo 393 del Código Civil).
  • Las comunidades conyugales suelen ser una gran fuente de problemas y  es hasta cierto punto normal que sea el inicio de conflictos insalvables entre los cónyugues.
  • Pensamos que es preferible un mal acuerdo entre los cónyugues a un buen juicio, siendo la solución mejor que uno se quede en exclusiva con el bien y compense al otro cónyugue en dinero atendiendo al valor tasado real.
  • Ponemos a su disposición además un economista y un gestor especializados en tributos, declaración de renta asociada y otras obligaciones relacionadas con la disolución legal de la copropiedad.

Merno Fernández Abogados

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